Prohibición de venta de perros y gatos en tiendas
Prohibición de venta de perros y gatos en tiendas
El Gobierno está estudiando un Anteproyecto de Ley que recoja una normativa específica para la protección de los animales que regule la compra-venta de mascotas y penalice el maltrato animal. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente cuenta ya con un borrador de la normativa específica para la protección de los animales y tenencia responsable, con régimen sancionador en caso de incumplimientos. Si se aprueba, las tiendas de animales tendrán prohibido vender perros y gatos.
La Ley de protección animal no permitirá vender ni donar perros menores de 8 semanas con su correspondiente identificación. Además penará el maltrato, la amputación, tortura y abandono de animales.
Prohibiciones de la Ley de Protección animal
Maltratar, torturar o someter a prácticas que produzcan sufrimiento o daños inútiles e innecesarios. Todo tipo de amputaciones (hasta ahora algunas razas se cortaba orejas y cola por estética) quedarán definitivamente prohibidas.
Abandonar.
Matar, salvo en procedimiento eutanásico administrado por un veterinario.
Usarlos en peleas.
Usarlos en espectáculos cuando se les cause dolor o sufrimiento.
Hacer prácticas de selección genética que deriven en problemas de salud graves.
No se pueden vender en tiendas de animales ni mostrar en escaparates.
La transmisión, donación o venta de un perro o un gato sólo se puede hacer de forma directa del criador o centro de acogida hacia el receptor, sin la intervención de ningún intermediario.
No se pueden vender o donar perros menores de ocho semanas.
No se puede vender o donar un perro no identificado adecuadamente.
¿Todos iguales ante la Ley? En el Art. 2 se establece que el “ámbito de aplicación” de la ley son los perros y los gatos, pero con excepción de los que sean propiedad de los Ministerios de Defensa o Interior o sus órganos autónomos o adscritos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía Local.
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